Introduccion
Personas y bienes asegurados
Las garantías
Modalidades de contratación
¿Qué ocurre si se circula sin seguro?
Personas que intervienen en el contrato
Primas
Siniestros
Recomendaciones
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El Seguro de Ciclomotores y Motocicletas cubre, fundamentalmente, su Responsabilidad Civil como conductor por los daños que cause a otras personas. La Ley obliga a contratar la garantía de Responsabilidad Civil de Suscripción Obligatoria y establece los importes con los que se indemnizan a terceras personas cuando se causa un accidente de circulación.
Es difícil encontrar un seguro para este tipo de vehículos, principalmente para los ciclomotores hasta 50 cc. conducidos por jóvenes. En estos casos, el Consorcio de Compensación de Seguros aceptará la contratación de la Responsabilidad Civil de suscripción Obligatoria, presentando el justificante de rechazo del seguro de al menos tres Compañías aseguradoras privadas.
1.- ¿Qué personas están cubiertas por el Seguro de Automóviles?
Depende de las garantías contratadas. En general está cubiertas por el seguro cualquier persona excepto el conductor del vehículo causante del accidente.
El conductor deberá contratar la garantía de Accidentes para tener cubiertos los daños corporales que pueda sufrir en un accidente.
2.- ¿El vehículo también está asegurado? Si.
1º) El seguro garantiza la reclamación de cualquier daño que sufra su vehículo en un accidente de circulación causado por otra persona (siempre que tenga un seguro que le ampare).
2º) Usted también puede contratar, si su Entidad Aseguradora lo permite, dentro de su póliza de motos, distintos daños al vehículo con independencia de quien los cause (robo, incendio, daños de aparcamiento, etc.)
Dentro del seguro de motocicletas existen tres grandes grupos de garantías:
1.- Las que afectan a las personas:
- Responsabilidad Civil de Suscripción Obligatoria y Voluntaria.
- Defensa jurídica.
- Accidentes del Conductor.
- Asistencia en Viaje.
2.- Las que afectan al vehículo
- Incendio
- Robo
- Daños Propios (colisión , aparcamiento, etc.).
3.- Las complementarias
- Retirada de carnet
- Defensa de multas
Todas las garantías indicadas, con la excepción de la Responsabilidad Civil de Suscripción Obligatoria, son de contratación opcional, si bien las Entidades Aseguradoras, suelen comercializarlas en paquetes, lo que se denomina normalmente "modalidades de contratación".
Cuando vaya a contratar su seguro de motocicletas, se encontrará que las Entidades Aseguradoras, le ofrecerán distintas fórmulas o modalidades que combinan las garantías descritas en el apartado anterior. Le indicamos las más frecuentes:
- Seguros denominados "a Terceros":
Normalmente en esta modalidad están incluidas las garantías de Responsabilidad Civil Obligatoria y Voluntaria, Defensa Jurídica, Accidentes del Conductor y Asistencia en Viaje.
- Seguro "a Terceros Ampliado":
Además de las garantías del seguro "a terceros", suelen incluir el Incendio y/o el Robo.
- Seguro a "Todo Riesgo":
Incluye todas las garantías del terceros ampliado y los Daños Propios de la motocicleta.
- Seguro a "Todo Riesgo con Franquicia":
Es igual que el seguro a "todo riesgo" pero incluyendo una franquicia en la garantía de daños propios, es decir, si tiene un siniestro cubierto por dicha garantía (por ejemplo, daños al aparcar) Vd. pagará el importe acordado al contratar el seguro.
¿QUE OCURRE SI SE CIRCULA SIN SEGURO?
Como ya hemos indicado en otros apartados, la Legislación en vigor establece la obligatoriedad del Propietario del vehículo de contratar un Seguro de Responsabilidad Civil de Suscripción Obligatoria.
Igualmente en dicha legislación se establecen multas por circular sin el citado seguro e incluso la posible inmovilización del propio vehículo.
La cuantía de las multas puede oscilar entre: 601,01 a 3.005,06 €
PERSONAS QUE INTEVIENEN EN EL CONTRATO
Puede haber hasta cuatro personas que intervienen en un contrato de Seguro del Automóvil:
El Asegurador, el Tomador del Seguro, el Asegurado y el Beneficiario.
El Asegurador: Es la Compañía de Seguros que emite la póliza, cobra las primas y paga las indemnizaciones.
El Tomador del Seguro (o Contratante): Es la persona que firma la póliza con el Asegurador y paga las primas.
El Asegurado: Es la persona que es propietaria de los objetos que se aseguran.
El Beneficiario: Es la persona que tiene derecho a la indemnización en caso de siniestro.
En muchos casos, el Tomador del Seguro, el Asegurado y el Beneficiario pueden ser la misma persona.
El Conductor: Es la persona que normalmente conduce el vehículo designado en la póliza y según la Ley, es el civilmente responsable del riesgo creado por la conducción del vehículo, por los daños causados a las personas o en los bienes, con motivo de la circulación.
La prima es el precio del seguro.
Hay varios factores que determinan la prima del Seguro de Motos, además de las garantías contratadas. Fundamentalmente son las características del vehículo y del conductor.
Una vez calculada la prima, se aplican los impuestos legales para obtener el precio total del seguro.
Si lo desea, puede fraccionar el pago de la prima.
Normalmente, el Asegurador admite el pago trimestral o semestral. En este caso Vd. pagará un pequeño recargo sobre el precio anual.
En el Seguro de Motos se habla de siniestro cuando se produce un accidente de circulación.
Los siniestros deben comunicarse en un plazo de siete días desde su ocurrencia.
En los siniestros en los que sólo se producen daños materiales, suelen solucionarse mediante un Parte de Declaración Amistosa que cada uno de los implicados presenta a su compañía aseguradora. El Asegurador le indica el taller al que debe llevar su vehículo, envía a un perito para valorar los daños y reparan el mismo.
Cuando en un siniestro se producen daños personales, intervienen las autoridades de tráfico que elaboran un atestado en el que describen cómo se ha producido el accidente. En estos casos los siniestros se resuelven por vía judicial para fijar las responsabilidades e indemnizaciones o bien, por vía amistosa si las compañías aseguradoras y los perjudicados llegan a un acuerdo.
Le ofrecemos algunos consejos prácticos sobre el Seguro del Automóvil:
Cuestiones Generales:
- Lea la póliza detenidamente antes de firmarla.
- Guarde toda la documentación que le entreguen. Puede serle útil en caso de siniestro.
Coberturas fuera de España:
Si Vd. tiene previsto viajar fuera de España en su moto, le recomendamos que solicite a su compañía la Carta Verde, si no la tiene ya, en ella vienen detallados los países en los que estará cubierta su Responsabilidad Civil.
La garantía de Asistencia en Viaje, tiene distinta cobertura territorial para las prestaciones al vehículo y a las personas. Las prestaciones al vehículo suelen tener cobertura en Europa y en países ribereños del Mediterráneo. Las prestaciones a las personas suelen estar cubiertas en todo el mundo.
Compañías aseguradoras: