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Todo propietario de un vehículo a motor está obligado a contratar y a mantener en vigor una póliza de seguro que garantice la Responsabilidad Civil del conductor por los daños que cause a otras personas o a bienes de terceros, por hechos de la circulación. Es el denominado "Seguro Obligatorio".
Sin embargo, existen otros riesgos ligados al automóvil de los que la web de Segurosbroker les ofrece una amplia información, incluyendo recomendaciones y consejos prácticos a tener en cuenta para la contratación del seguro de su coche.
Principales características de los Seguros de Coche
Dentro del Seguro de Automóviles existen tres grandes grupos de garantías:
1.
Las que afectan a las personas:
- Responsabilidad Civil de suscripción Obligatoria y Voluntaria.
- Defensa Jurídica.
- Accidentes del Conductor.
- Asistencia en Viaje.
2.
Las que afectan al vehículo:
- Rotura de lunas.
- Incendio.
- Robo.
- Daños propios.
- Asistencia en Viaje.
3.
Las complementarias:
- Retirada de carnet y recuperación de puntos.
- Defensa de multas.
- Vehículo de sustitución.
Todas las garantías indicadas, con la excepción de la Responsabilidad Civil de Suscripción Obligatoria, son de contratación opcional, si bien las Entidades Aseguradoras suelen comercializarlas en paquetes, lo que se denomina normalmente
Modalidades de Contratación. Las más frecuentes son:
- Seguros denominados a "Terceros": Normalmente en esta modalidad están incluidas las garantías de Responsabilidad Civil Obligatoria y Voluntaria, Defensa Jurídica, Accidentes del Conductor y Asistencia en Viaje. En muchos también las lunas.
- Seguros a "Terceros Ampliado": Además de las garantías del seguro "a terceros", suelen incluir la Rotura de Lunas, el Incendio y/o el Robo.
- Seguros a "Todo Riesgo": Incluye todas las garantías del terceros ampliado y los Daños Propios del vehículo.
- Seguros a "Todo Riesgo con Franquicia": Es igual que el seguro a "Todo Riesgo", pero incluyendo una franquicia en la garantía de daños propios, lo que supone que los daños, hasta el importe de la franquicia, son a cargo del Asegurado, de modo que la Aseguradora indemniza solamente los que exceden de la misma.
La agrupación de las garantías de Responsabilidad Civil Obligatoria y Voluntaria, en las denominadas Modalidades de Contratación, convierte a ambas garantías en una especie de vasos comunicantes de modo que, el incremento del coste de la cobertura de Responsabilidad Civil Obligatoria, como consecuencia de los nuevos límites de indemnización, en vigor desde enero de 2008, se compensa por el menor coste de la garantía de Responsabilidad Civil Voluntaria, por lo que el importe total de la prima permanece casi invariable.
Las indemnizaciones máximas de la garantía de Responsabilidad Civil Obligatoria son:
- Daños corporales: 70 millones de euros por siniestro cualquiera que sea el número de víctimas.
- Daños materiales: 15 millones de euros por siniestro.
En el supuesto de que ocurran daños a las personas y a los bienes y la indemnización de la parte de bienes supere los 15 millones de euros, se podrá utilizar el sobrante de la garantía de daños corporales hasta el límite de 70 millones de euros.
Un aspecto a tener en cuenta es que el seguro de coches no garantiza los daños producidos al conductor del vehículo, dado que no tiene la consideración de tercero, por lo que solo le ampararía la llamada "póliza de ocupantes", cuyos límites raramente superan los 30.000 euros en caso de fallecimiento o invalidez. Por ello, para solucionar la indefensión que ello supone, Segurosbroker ha establecido la cobertura, pionera en España, de Conductor Altamente Protegido, cuyas características puede encontrar en nuestra web.
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Por dos razones fundamentales:
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