Personas que Intervienen en el contrato
Puede haber hasta cuatro personas que intervienen en un contrato de Seguro Multirriesgo Comercios/Oficinas: el Asegurador, el Tomador del Seguro, el Asegurado y el Beneficiario.
- El Asegurador: es la Compañía de Seguros que emite la póliza, cobra las primas y paga las indemnizaciones.
- El Tomador del Seguro (o Contratante): es la persona que firma la póliza con el Asegurador y paga las primas.
- El Asegurado: es la persona que es propietario de los objetos que se aseguran.
- El Beneficiario: es la persona que tiene derecho a la indemnización en caso de siniestro.
En muchos casos, el Tomador del Seguro, el Asegurado y el Beneficiario pueden ser la misma persona, aunque si se contrata la garantía de ACCIDENTES CORPORALES el Asegurado y el Beneficiario deben ser personas distintas.
Por su importancia, reseñamos las principales obligaciones legales que afectan al Tomador del Seguro y al Asegurador, de acuerdo con la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro.
Riesgos garantizados
La Póliza de Multirriesgo Comercios/Oficinas cubre los daños causados a su negocio, pudiendo garantizarse una amplia variedad de riesgos. Es importante conocer que este tipo de seguros ofrecen una serie de coberturas llamadas básicas o automáticas y otras que son opcionales y deben ser explícitamente contratadas para que queden cubiertas.
Los Riesgos generalmente cubiertos en el Seguro Multirriesgo Comercios/Oficinas son:
- Incendio, explosión, impacto de rayo, daños eléctricos por corrientes anormales, daños por humo, así como los gastos para aminorarlos.
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Fenómenos atmosféricos, tales como viento, pedrisco, lluvia y nieve, inundaciones, y otros (actos de vandalismo, impacto de vehículos, etc.), habitualmente llamados Riesgos Extensivos o Extensión de Garantías.
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Daños por agua: escapes accidentales, omisión de cierre de grifos, averías de los sistemas de conducción.
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Rotura de cristales y rótulos, incluidos espejos, loza sanitaria, mármoles y vitrocerámica.
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Robo y Expoliación (atraco), así como los desperfectos sufridos como consecuencia o intento de robo.
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Responsabilidad civil frente a Terceros, resultante de daños causados a consecuencia de la propiedad del local o del desarrollo de la propia actividad. En esta garantía se incluyen, según la Compañía, diversas opciones de aseguramiento, tales como, la Responsabilidad Civil Patronal frente a los empleados o la Responsabilidad Civil de Productos o Servicios prestados, coberturas de importancia y de mayor relevancia según la actividad desarrollada.
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Daños a Equipos electrónicos. Se trata de una garantía opcional que ampara los daños que puedan sufrir los equipos electrónicos de que disponga el negocio como consecuencia de causas inherentes al mismo, incluyendo la sobrecarga eléctrica.
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Gastos en que incurrimos cuando se produce un siniestro:
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Bomberos.
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Alojamiento provisional cuando a causa del siniestro su negocio queda inhabitable temporalmente, así como el traslado de los bienes.
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Restauración estética. Por ejemplo, si después de la reparación de una rotura de tuberías de agua tiene que pintar toda la dependencia para mantener la cohesión estética.
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Reposición de archivos y documentos propios del negocio. Alguna Compañía incluye la reconstrucción de archivos informáticos.
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Deterioro de alimentos en cámaras frigoríficas por una avería o por falta de suministro eléctrico superior a 6 horas.
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Pérdida de alquileres si tiene el local arrendado y queda inhabitable temporalmente por un siniestro.
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Paralización negocio. Si como consecuencia de un siniestro amparado en el seguro, debe permanecer cerrado el negocio, se percibe una indemnización según la cantidad diaria que se haya contratado en dicha garantía opcional.
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Servicio de Asistencia en el comercio. Tendrá a su disposición profesionales de fontanería, electricidad e incluso de vigilancia las 24 horas del día. Existe diversidad de coberturas según la Compañía, ya que las mismas van ampliando sus servicios, al objeto de dar una mayor protección a los clientes.
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Defensa o Protección Jurídica y fianzas (Ayuda Legal). En caso de incurrir en una causa penal, dispondrá de abogados y procuradores que le defiendan y le representen y un capital para pagar la fianza. También incluye servicios de defensa y reclamación para asuntos relacionados con cuestiones laborales, administrativas, incumplimientos de contratos de servicios, de suministros, así como los derivados de ser propietario, inquilino o usufructuario del negocio asegurado, entre otras.
En las exclusiones destacamos las siguientes:
- En los daños eléctricos suelen estar excluidos los causados en aparatos de una determinada antigüedad, así como en los aparatos electrónicos.
- En los llamados Riesgos Extensivos: las goteras o filtraciones por lluvia o nieve; las inundaciones producidas por rotura de presas o diques; las pintadas y carteles.
- En las coberturas de daños por agua, se excluyen los gastos de localización y reparación de la avería cuando no se hayan producido daños a los bienes asegurados. También se excluye la reparación de grifería o electrodomésticos.
- Los desperfectos superficiales, rayados o desconchados, en cristales, espejos, mármoles o vitrocerámica. También se excluye la rotura de bombillas.
- El robo de bienes que estén al aire libre. En la garantía de Robo es muy importante revisar los límites que se garantizan en el seguro, pues habitualmente pueden ser ampliados para adaptarlos a las necesidades de cada asegurado.
- La Responsabilidad civil profesional.