RESPUESTA
Para que las cláusulas limitativas puedan ser oponibles frente al asegurado, las mismas deben estar perfectamente resaltadas, bien mediante subrayado, letra especial, negrita, o de cualquier otra forma que consiga que destaquen del resto de condiciones.
Se exige, igualmente, que las mismas estén firmadas por el asegurado, como prueba de que éste las conocía perfectamente, y estaba informado de las limitaciones existentes.