Tuve un siniestro y al comprobar que había olvidado pagar el recibo del seguro que venció hace tres meses, acudí al asegurador a pagarlo y declarar el siniestro. Posteriormente, el asegurador me informa del rehuse del siniestro.
RESPUESTA
El artículo 15 de la Ley 50/80, establece que la cobertura vuelve a tener efecto a las veinticuatro horas del día en el que el asegurado paga la prima, circunstancia por la que el asegurador rehusó el siniestro.