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Asesor jurídico
FAQ
Con la colaboración de:Partner
PREGUNTA
Declaré tres siniestros en un mes y el asegurador me envió una carta anulándome la póliza. ¿Puede anularme la póliza si he pagado una póliza por un año?
RESPUESTA
El asegurador, como el asegurado, pueden cancelar el seguro al vencimiento anual, avisando, con la anterioridad que establezca el contrato, a la otra parte. La posibilidad de una anulación anterior no está prevista en la Ley. El asegurador puede estimar que en ese caso concreto existe una agravación de riesgo no declarada por el asegurado, puesto que la frecuencia de siniestralidad es superior a la media. En ese caso, podrá proponer la anulación respetando los plazos previstos en el Art. 12 de la Ley 50/80 y devolviendo la parte de prima proporcional.

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