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Asesor jurídico
FAQ
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PREGUNTA
Tuve un accidente y me trasladaron inconsciente a un hospital donde fui intervenido. ¿Mi asegurador tiene que pagar la factura?
RESPUESTA
La asistencia sanitaria de carácter urgente siempre está incluida en la póliza cuando ésta garantiza gastos de asistencia sanitaria. El seguro privado de accidentes cuando incluye la asistencia sanitaria esta puede ser de dos formas ilimitada, ilimitada en centros concertados o hasta un límite económico como 3.000, 6.000 o 10.000 euros, por ejemplo. Si a consecuencia de un accidente el centro sanitario en el que ingresa es de la seguridad social, el gasto originado intentará repercutirlo al seguro si por las características del accidente se presume la existencia de un seguro obligatorio, de no existir o ser el accidente de una simple caída por las escaleras de su vivienda, la Seguridad Social le atenderá sin problema siendo un beneficiario del sistema.

La ventaja del seguro privado de accidentes con la asistencia sanitaria incluida, es que en algunas profesiones y actividades, cuando el sistema de seguridad social puede tardar en realizar la asistencia (intervenciones quirúrgicas en lista de espera), el seguro privado permite actuar con libertad hasta el límite de gasto, pudiendo asistir a centros privados. Es decir se gana en libertad de acción, y sobre todo en actividades profesionales que se precise una rápida recuperación facilita esta consecución.
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