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Asesor jurídico
FAQ
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PREGUNTA
¿Qué es el fondo de garantía?
RESPUESTA
Los aseguradores, de acuerdo con la Ley, tienen que disponer en cada ejercicio económico, de un patrimonio propio, no comprometido, calculado en función a los compromisos asumidos. Es el margen de solvencia. La tercera parte del importe mínimo del margen de solvencia es el fondo de garantía, que no puede ser inferior a determinadas cantidades, según los ramos de seguro en los que operen. No alcanzar el fondo de garantía es causa de revocación de la autorización para el ejercicio de la actividad.
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