RESPUESTA
Supongamos un colectivo de 100 personas, que todas tengan 35 años, y que desean contratar un seguro de Vida para el caso de muerte, con un capital asegurado de 601,01 €.
El asegurador conoce por las estadísticas realizadas en un período de tiempo anterior sobre un colectivo con un número de personas estadísticamente suficientes, que en la anualidad de 35 a 36 años, de cada 100 personas en esa situación, mueren 2. Por ello, espera que en el colectivo que desea asegurar, se produzcan dos muertes, lo que supone que estará obligado a pagar dos capitales de 601,01 €.
Si divide los 1.202,02 €, entre el número de personas, 100, obtiene 12,02 €. En principio, al cobrar 12,02 € a cada asegurado consigue ingresos suficientes para hacer frente a sus compromisos contractuales. Ese resultado se conoce como prima pura o prima de riesgo.
Supongamos que una persona del colectivo quiere asegurar un capital de 6.010,12 €. El asegurador puede mantener su criterio y cobrar 12,02 € a los 99 asegurado y 120,20 € al que desea la cobertura del millón. Es decir, 99x12,02+120,20, 1.310,21 €. Si fallecen dos asegurados de 601,01 €, obtendrá un beneficio de 108,18 €, pero si fallece el asegurado del millón, la pérdida sería de 5.300,93€ que necesariamente tendría que pagar contra su patrimonio no comprometido.
El negocio del asegurador no puede depender de la suerte. El riesgo de quiebra o ruina está controlado por la Dirección General de Seguros que no puede admitir una situación que no se corresponda a una gestión matemáticamente controlada.
La solución al problema es el reaseguro. El asegurador cederá al reasegurador los excesos de riesgo y la prima correspondiente. En el supuesto, 5.409,11 € y la prima de riesgo, 108,18 €, recuperando el equilibrio en la gestión y la seguridad en el cumplimiento de los compromisos contractuales.