RESPUESTA
Un seguro de Crédito garantiza al asegurado que, en caso de insolvencia de un cliente, cobrará un porcentaje, establecido en la póliza, sobre el importe del crédito impagado más los gastos habidos en la reclamación. Garantiza exclusivamente insolvencia, no impagos por motivos comerciales y el porcentaje puede variar dependiendo de la demora en la declaración del siniestro. Suele ser de un cincuenta a un ochenta por ciento.