Seguros Broker | Correduría Seguro de coche
914 892 904
Diccionario
Con la colaboración de:
Tiene más de 1000 términos a su disposición. Puede realizar una búsqueda mediante el índice, o bien escribiendo directamente sobre la caja de texto y haciendo click en buscar
Búsqueda alfabética
Búsqueda rápida
(Introduzca una palabra)
Empieza
Contiene
Resultados
AB INTESTATO
Locución latina que designa el procedimiento para la declaración de herederos de la persona que falleció sin testar.
Si esta declaración ha de recaer en descendientes, ascendientes o cónyuge, el procedimiento se lleva a cabo por medio de un acta notarial; en otro caso, se ha de instar ante el Juzgado de Primera Instancia; en ambos casos, la competencia territorial es la del lugar donde el fallecido tuvo su último domicilio permanente.
ABANDERAMIENTO
En seguro marítimo, dícese de aquel acto por el que otorga nacionalidad a un buque, inscribiéndolo en el registro correspondiente del país en que se haga y facultándole para el uso de la bandera nacional.
ABANDONO
Acto exclusivo del seguro marítimo.
En caso de siniestro grave, derecho que asiste al Asegurado para ceder la propiedad de los bienes asegurados a favor de la entidad aseguradora, quien habrá de pagar el total de la indemnización establecida en la póliza sin tener en cuenta el daño efectivamente sufrido y la consiguiente aplicación de una regla proporcional daño/indemnización.
ABOGADO
Licenciado en Derecho que, adscrito a un Colegio, asume la dirección legal y la defensa de las partes que intervienen en un proceso.
ABONO
Apunte contable por el que se anota un determinado importe en el haber de una cuenta.
ABORDAJE
Acto exclusivo del seguro marítimo. Acercamiento, encuentro, choque o colisión más o menos violenta, fortuita o voluntaria, de dos o más buques. Tan sólo es riesgo asegurable el choque fortuito e inevitable. No se considera como tal la ocasionada entre naves que están ligadas entre sí y con relación de cierta dependencia.