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Las primas de seguros individuales de salud serán deducibles en el IRPF.

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Las primas de seguros individuales de salud serán deducibles en el IRPF.
(8/10/2015)

Las primas de seguro de enfermedad satisfechas por el contribuyente serán consideradas gastos deducibles en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), tal y como expresa una enmienda a los Presupuestos Generales del Estado de 2016 apoyada por el Grupo Popular y CiU en el Senado.
El texto que está a falta de aprobación expone que a partir del próximo día 1 de enero las primas de seguro de enfermedad satisfechas por el contribuyente en la parte correspondiente a su cobertura y a la de su cónyuge e hijos de menos de 25 años tendrán la consideración de gastos deducibles en el IRPF. Además, establece que el límite máximo de deducción será de 500 euros por persona o de 1.500 para los miembros de la familia que tengan discapacidad.
Esta nueva redacción de la normativa se aprobará, previsiblemente, en el Pleno de la Cámara Alta del próximo 13 de octubre.
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